Información sobre las becas para Máster en Patrimonio Virtual

 

Objeto 

 

El objeto de estas ayudas es sufragar parcialmente los gastos de matrícula de estudiantes del Máster en Patrimonio Virtual de la Universidad de Alicante (UA) en el curso académico de la presente e convocatoria. 

 

Personas beneficiarias 

 

Podrá solicitar la ayuda el alumnado matriculado en Máster en Patrimonio Virtual de la Universidad de Alicante y que haya superado el 100% de los créditos del plan de estudios. 

 

Cuantía de las ayudas 

 

La cuantía de la ayuda será la correspondiente al 50% de los gastos de matrícula del curso académico en el que haya superado la totalidad de los créditos del plan de estudios. 

 

Plazo de presentación de solicitudes 

 

El plazo para solicitar la ayuda será de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial de la Universidad de Alicante. 

 

Requisitos 

 

Haber superado en el curso académico 2019/2020 los 60 créditos de los que consta el plan de estudios del Máster en Patrimonio Virtual de la Universidad de Alicante. 

 

La percepción de una ayuda dentro de esta convocatoria es incompatible con otras becas o ayudas de matrícula financiadas con fondos públicos o privados con el mismo fin. 

 

Solicitudes 

 

Las solicitudes para la presente convocatoria de ayuda deberán cumplimentarse en el modelo que estará disponible en la siguiente dirección web: https://www.patrimoniovirtual.com/patrimonio-virtual/ master-en-patrimonio-virtual/ 

 

En el formulario de solicitud se indicará expresamente si se ha solicitado o no cualquier otra ayuda pública o privada, indicando cuál según el caso, si procede. En el momento que se comprobara que la información facilitada no es veraz, ello conllevaría la exclusión del solicitante de la presente convocatoria. 

 

El formulario de solicitud, una vez cumplimentado y firmado, irá dirigido al Departamento de Prehistoria, Arqueología, Historia Antigua, Filología Griega y Filología Latina y se presentará en el Registro General de la Universidad de Alicante, o en sus registros auxiliares, acompañado de la documentación: 

 

-Título académico
-Certificado de realización de cursos
-Currículum Vitae
-Documento acreditativo de estar en situación de desempleo durante el periodo de realización del Máster. 

 

Las y los interesados que presenten solicitud de ayuda en esta convocatoria autorizan al Departamento de Prehistoria, Arqueología, Historia Antigua, Filología Griega y Filología Latina a solicitar información a la secretaría del Centro de Formación Continua de la Universidad de Alicante sobre el coste de su matrícula en el Máster en Patrimonio Virtual y la situación de su expediente, y a la Unidad de Becas sobre la tramitación de otras becas y ayudas públicas solicitadas por el interesado. 

 

Obligaciones 

 

El alumnado beneficiario que obtenga ayuda de esta convocatoria está obligado a cumplir los requisitos y condiciones de la convocatoria. 

 

Criterios de adjudicación de las ayudas. 

 

Las ayudas se concederán a aquellas personas que obtengan la máxima valoración al sumar las puntuaciones de los siguientes apartados. 

 

Acreditación de estar en situación de desempleo durante el periodo de realización del Máster: 5 puntos 

 

Formación (máximo 2 puntos): 

 

Grado o Licenciatura de Historia, Ingeniería Informática, Arquitectura o afines: 0 ́5 puntos 

 

Cualquier otro grado o licenciatura: 0 ́30 

 

Estudios de postgrado oficiales en Historia, Ingeniería Informática, Arquitectura o afines: 0 ́20 puntos 

 

Estudios de postgrado propios: 0 ́15 puntos Otros cursos: 0 ́1 puntos 

 

Experiencia Laboral (máximo 2 puntos): 

 

Experiencia laboral desarrollada en el campo de la Historia, Ingeniería Informática, Arquitectura o afines: 0.20 por mes trabajado. 

 

Experiencia laboral desarrollada en la aplicación de nuevas tecnologías al Patrimonio: 0.20 por mes trabajado. 

 

Publicaciones de carácter científico (máximo 1 punto): 

 

Libros cuya temática esté relacionada con el campo de la Historia, Ingeniería Informática, Arquitectura o afines o la aplicación de nuevas tecnologías al Patrimonio: 0 ́30 puntos 

 

Publicaciones en revistas científicas dentro del campo de la Historia, Ingeniería Informática, Arquitectura o afines o la aplicación de nuevas tecnologías al Patrimonio: 0 ́15 puntos 

 

Participación en Congresos, Jornadas o cualquier otro tipo de encuentro de carácter científico dentro del campo de la Historia, Ingeniería Informática, Arquitectura o afines o la aplicación de nuevas tecnologías al Patrimonio: 0 ́1 puntos 

 

Serán excluidas las personas candidatas que hayan obtenido otra ayuda con fondos públicos o privados para el mismo fin o hayan obtenido una beca, ayuda o contrato en cuyas bases se recoja la exención de tasas del máster cursado. Para ello se solicitará declaración jurada de no ser o haber sido beneficiaria o beneficiario de otras ayudas financiadas con fondos públicos o privados para el mismo fin. 

 

Notificaciones 

 

Las notificaciones de actos relacionados con la presente convocatoria se publicarán en la página web del Departamento de Prehistoria, Arqueología, Historia Antigua, Filología Griega y Filología Latina, en aplicación del artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas [BOE de 2 de octubre de 2015]. 

 

Resolución 

 

La participación en la presente convocatoria implica la aceptación de las bases, por lo que las personas beneficiarias de las ayudas quedarán obligadas a su estricto cumplimiento. En caso contrario se exigirá la devolución íntegra de la ayuda. 

 

El plazo de resolución es de un mes máximo después que finalice el plazo de presentación de solicitudes. La resolución se publicará en la página web del Departamento de Prehistoria, Arqueología, Historia Antigua, Filología Griega y Filología Latina. 

 

Pago de la ayuda

 

Se abonará mediante transferencia bancaria. A partir de la fecha de resolución, se abonará la dotación de la ayuda en la cuenta bancaria consignada en el impreso de solicitud. 

 

Protección de datos de carácter personal 

 

Los datos de carácter personal aportados por las personas aspirantes, quedarán incluidos en el fichero automatizado de carácter personal de esta Universidad, en los términos establecidos en la Resolución de 26 de septiembre de 2014, del rector de la Universidad de Alicante, sobre creación y modificación de ficheros de datos de carácter personal. [DOGV de 3 de octubre de 2014]. 

 

Las personas interesadas ostentan la potestad de ejercer los derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación del tratamiento, portabilidad y oposición, ante la Gerencia de la 

 

Universidad de Alicante [artículo 13 y siguientes de la Ley Orgánica 3/ 2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales]. 

 

Marco legal y presupuestario 

 

La dotación máxima para esta convocatoria es de 3.780 euros y será sufragada con cargo al capítulo IV orgánica 30504B0001 de créditos del presupuesto del Departamento de Prehistoria, Arqueología, Historia Antigua, Filología Griega y Filología Latina. La ejecución de dicha dotación está supeditada a la disposición de liquidez de la UA. 

 

La subvención asignada a cada ayuda se ajustará a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a las regulaciones, requisitos y términos establecidos por las normas de funcionamiento interno de la UA y a lo que esta convocatoria es- tablece.